Articulo 2º El presente Decreto rige a partir de in fecha de su expedición. Comuníquese ,
Decreto 870 de 1983 →Vigente
Artículo 2
El Presente Decreto Rige A Partir De In Fecha De Su Expedición
Decreto 870 de 1983 · Por el cual se aprueba el Acuerdo n?mero 238 del 24 de febrero de 1983 de la Junta Administradora del ISS
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.