Integrantes de las Mesas Territoriales del orden municipal, distrital y distrito especial para el Acompañamiento Social al Programa de Vivienda Gratuita. Estas estarán integradas por el alcalde del municipio, distrito o distrito especial o a quien éste delegue, sus secretarías de despacho y cualquier dependencia, entidad u operador de programas sociales que por sus funciones o competencias tenga injerencia en los proyectos del Programa de Vivienda Gratuita, así
El Alcalde del municipio, distrito o distrito especial o su delegado.
El Secretario de Gobierno o del Interior o quien haga sus veces,
El Secretario de Planeación o quien haga sus veces.
El Secretario de Infraestructura o quien haga sus veces.
El Secretario de Vivienda o quien haga sus veces.
El Secretario de Desarrollo Social o quien haga sus veces.
El Secretario de Participación Ciudadana o quien haga sus veces.
El Secretario de Educación o quien haga sus veces.
El Secretario de Salud o quien haga sus veces.
El Secretario de Ambiente o quien haga sus veces.
El Secretario de Hacienda o quien haga sus veces.
El Secretario de Cultura o quien haga sus veces.
El Director de la Oficina Jurídica de la Alcaldía o quien haga sus veces.
El Director de la Oficina de Control Fí$ico, Control Urbano y/o quien haga sus veces.
El Director de la Oficina para la Gestión del Riesgo de Desastres.
El Director del.Establecimiento Público Ambiental-EPA o quien haga sus veces.
El Director del Instituto de Deporte y R'ecreación-IDER o quien haga sus veces.
El Comandante de la Policía Nacional del municipio, distrito o distrito especial.
El Comisario de Familia del municipio, distrito o distrito especial o la entidad que haga sus veces.
Cualquier otra entidad u operador de programas sociales del orden municipal, distrital o distrito especial, que por sus funciones o competencias tenga injerencia en los proyectos del Programa de Vivienda Gratuita.
Sin perjuicio a lo dispuesto en este artículo, la Mesa podrá invitar a las sesiones a funcionarios y/o representantes de otras entidades públicas y privadas para analizar temas relacionados con las funciones a su cargo. Entre estos podrán estar el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar -ICBF, la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas UARIV, el Servicio Nacional de Aprendizaje -SENA Y las Empresas de Servicios Públicos Domiciliarios. Los invitados asistirán con voz, pero sin voto. .
La Secretaría Técnica de la Mesa Territorial será ejercida por una dependencia de la entidad territorial que se determine a través de acto administrativo expedido por el representante legal del respectivo municipio, distrito o distrito especial, la cual tendrá entre sus funciones, la organización y convocatoria de las reuniones de la Mesa, la elaboración de las actas de cada reunión, la remisión de los informes a que haya lugar a la instancia competente y las demás que determine el municipio en el acto administrativo de instalación de la mesa.
La Mesa podrá deliberar válidamente con la presencia de la mitad más uno (1) de sus integrantes. Sus decisiones serán adoptadas por el voto favorable de la mayoría de los integrantes presentes. De todas las reuniones y decisiones se dejará constancia en acta, suscrita por la Secretaría Técnica.
La asistencia a las mesas será de carácter obligatorio para todas las entidades permanentes de la Mesa, Cuando se requiera, los integrantes e invitados podrán delegar a un funcionario competente con poder de decisión quien debe estar completamente informado sobre los procesos y compromisos que se aborden desde la Mesa Territorial, dicha delegación deberá ser permanente. La delegación deberá ser remitida a la Secretaría Técnica de la Mesa Territorial.