º. La Comisión de que trata el artículo anterior funcionará en el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y tendrá a su cargo todo lo relacionado con el estudio de las deudas por concepto de derechos de aduana a favor de la Nación y a cargo de comerciantes introductores y de comisionistas que se hallen pendientes de pago y que se hubieren contraído con anterioridad al año de 1931.
Artículo 2
La Comisión De Que Trata El Artículo Anterior Funcionará En El Ministerio De Hacienda Y Crédito Público Y Tendrá A Su Cargo Todo Lo Relacionado Con El Estudio De Las Deudas Por Concepto De Derechos De Aduana A Favor De La Nación Y A Cargo De Comerciantes Introductores Y De Comisionistas Que Se Hallen Pendientes De Pago Y Que Se Hubieren Contraído Con Anterioridad Al Año De 1931
Decreto 2049 de 1936 · Por el cual se reglamentan las disposiciones de la Ley 101 de 1936, sobre liquidación de algunas deudas por derechos arancelarios
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.