Micelio

Artículo 3

Decreto 2609 de 1993 · por el cual se adopta el Plan de Señalización.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Tercero. Las redes de telefonía fija que se instalen en el país, deben cumplir con la Norma Nacional de Señalización por Canal Común número 7, o las normas que la adicionen, sustituyan o modifiquen.

Parágrafo

En los municipios se podrán instalar centrales locales con capacidad hasta de 20.000 líneas telefónicas con señalización diferente a la señalización CCITT número 7. Norma Nacional. En estos casos, la entidad contratante deberá establecer en los respectivos contratos las condiciones para asegurar que el fabricante o suministrador que instale dichas centrales quede obligado a realizar sin costo adicional para la entidad, las adecuaciones que sean necesarias para que los equipos cumplan con la Norma Nacional de Señalización por Canal común número 7, antes del 31 de diciembre de 1994.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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