Micelio

Artículo 1

Decreto 1651 de 1974 · Por el cual se designa el organismo competente para la expedición de los certificados de origen a que hace referencia el Decreto-Ley número 1900 de 1973

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Para poder gozar de las ventajas derivadas del Programa de Liberación del Acuerdo de Cartagena, las Cámaras de Comercio expedirán certificados de origen a las empresas nacionales o mixtas, y a las extranjeras que hayan celebrado convenio o manifestado formalmente su intención de transformarse en empresas nacionales o mixtas, previa certificación de la Superintendencia de Sociedades sobre la conformación del capital de tales empresas, así como también sobre el proceso de transformación de las empresas extranjeras en nacionales o mixtas.

Parágrafo

La Superintendencia de Sociedades para expedir el certificado a que hace referencia este artículo, actuará en estrecha coordinación con la Oficina de Cambios.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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