Micelio

Artículo 1

Decreto 1257 de 2001 · por el cual se adopta el Programa Nacional de Reactivación Cafetera y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Del establecimiento y adopción del Programa Nacional de Reactivación Cafetera y de su objeto. Establécese el Programa Nacional de Reactivación Cafetera, mediante el cual se podrá adquirir, a precios de mercado, cartera crediticia a cargo de pequeños y medianos productores cafeteros y a favor de la Federación Nacional de Cafeteros, como administradora del Fondo Nacional del Café, y la cartera cafetera y de diversificación cafetera de la Central de Inversiones S.A., CISA, transferida por Bancafé antes del 30 de abril del año 2001, siempre que se cumplan las condiciones y requisitos previstos en este decreto.

Parágrafo 2

Los recursos provenientes de la recuperación de la cartera, incluidos los aportes iniciales a que se refiere este decreto, también se podrán aplicar para el desarrollo de otras actividades tendientes a la reactivación agropecuaria del sector cafetero. Cuando estos recursos tengan origen en el presupuesto de la Nación, podrán ingresar al programa, siempre y cuando se incorporen al Presupuesto General de la Nación, en los términos del Estatuto Orgánico del Presupuesto.

Parágrafo 3

El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural determinará las actividades de reactivación que se enmarcan en el objeto del Programa Nacional de Reactivación Cafetera.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1257 de 2001