Micelio

Artículo 17

Decreto 2719 de 2000 · por el cual se modifica la estructura del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Oficina de Control Interno. Son funciones de la Oficina de Control Interno

a)

Establecer los mecanismos de control de gestión y de resultados así como de auditoría interna en Relación con el desempeño de las funciones asignadas al Departamento Administrativo de la Presidencia de la República;

b)

Prestar asesoría en la estructuración y aplicación de los planes, sistemas, métodos y procedimientos de control interno necesarios, para garantizar que todas las actividades, operaciones y actuaciones del Departamento se realicen de conformidad con la Constitución y la ley;

c)

Verificar los procesos relacionados con el manejo de los recursos, bienes y los sistemas de información de la entidad y recomendar los correctivos que sean necesarios;

d)

Fomentar en la entidad la formación de una cultura de control que contribuya al mejoramiento continuo en el cumplimiento de la misión institucional;

e)

Evaluar los métodos y procedimientos que se sigan en las actuaciones administrativas y recomendar al Director la supresión de aquellos innecesarios o que puedan ser factores de ineficiencia, ineficacia o corrupción;

f)

Diseñar indicadores de desempeño de carácter cualitativo y cuantitativo para evaluar el desarrollo de los planes y programas del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y presentar informes de avances sobre la evolución de los mismos;

g)

Elaborar y actualizar el manual de procedimiento de control interno del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y presentar informes de avances sobre la evolución del mismo;

h)

Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia de conformidad con la Ley 87 del 93.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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