Funciones de la Dirección de Gobernabilidad Territorial. Son funciones de la Dirección de Gobernabilidad Territorial, las siguientes
Promover la cooperación entre las entidades territoriales y la Nación, así como los procesos de descentralización, desconcentración y delegación administrativa en coordinación con las entidades competentes del orden nacional y territorial.
Asesorar, dirigir y coordinar la formulación, ejecución y evaluación de las políticas del Gobierno Nacional sobre descentralización política, ordenamiento territorial y gestión territorial. Promover el desarrollo endógeno territorial y social de las entidades territoriales que conduzca al fortalecimiento de los principios estructurales de la descentralización política y al afianzamiento de la gobernabilidad.
Asesorar la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas públicas para el fortalecimiento de la descentralización y propender por la aplicación de los principios de concurrencia, subsidiariedad y complementariedad entre la Nación, los Departamentos, Distritos y municipios, según su capacidad administrativa y fiscal, de conformidad con los requerimientos efectuados por estos y según su capacidad administrativa y fiscal.
Apoyar la formulación, ejecución y evaluación de políticas públicas para prevenir y controlar, situaciones de riesgo que vulneren a la población y autoridades civiles en coordinación con la fuerza pública.
Promover y realizar los análisis, estudios e investigaciones en las materias de su competencia y en relación con el componente territorial.
Asesorar, apoyar y velar por la conservación y restablecimiento del orden público en el territorio nacional, para lo cual y de acuerdo con las instrucciones que imparta el Ministro en coordinación con el Ministro de Defensa Nacional, podrá coordinar las actividades con los gobernadores y alcaldes, así como organizar las políticas, planes operativos y demás acciones necesarias para dicho fin, de conformidad con la ley.
Velar por el adecuado cumplimiento y desarrollo de las competencias asignadas por la Constitución y la ley a las entidades territoriales y a las entidades administrativas de integración territorial.
Promover y liderar mediante procesos de concertación, la definición precisa de competencias y límites de las entidades territoriales, cuando exista conflicto entre ellas y recibir la información de deslinde de las entidades territoriales que le remita el Instituto Geográfico Agustín Codazzi o quien haga sus veces.
Coordinar con la Dirección de Derechos Humanos la atención a las denuncias sobre inminentes violaciones a los Derechos Humanos y dar curso a las mismas directamente o ante las autoridades competentes.
Promover la incorporación del componente de convivencia y seguridad ciudadanas en los Planes de Desarrollo regional y local, con el fin de afianzar la política pública en esta materia y generar condiciones sostenibles de gobernabilidad.
Coordinar las acciones dirigidas a la formulación e implementación de la política de Lucha contra la Trata de Personas.
Promover y hacer seguimiento al cumplimiento de las obligaciones constitucionales y legales de los mandatarios seccionales y locales en materia de atención a la población desplazada.
Fortalecer los mecanismos para que se formulen e implementen los Planes Integrales Unicos en materia de Atención a la Población Desplazada.
Asesorar al Ministro en el ejercicio del control administrativo y de las atribuciones de suprema dirección del Sector Administrativo del Interior y de Justicia en relación con los temas a su cargo.
Proponer proyectos de ley o de actos legislativos o de reformas legislativas así como efectuar el análisis normativo y jurisprudencial en coordinación con la Dirección de Ordenamiento Jurídico, y con la Oficina de Asuntos Legislativos en la presentación, discusión y seguimiento, en materia de su competencia.
Participar en las Juntas, Comisiones, Comités y Grupos Técnicos de los cuales haga parte o por delegación del Ministro o Viceministros.
Atender las peticiones y consultas relacionadas con asuntos de su competencia.
Las demás funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia.