Micelio

Artículo 3

Los Estudiantes Que Finalicen El Cuarto Año Del Plan Fijado Por El Presente Decreto, Podrán Recibir El Título De Experto Industrial, En Las Siguientes Ramas Mecánica, Electricidad, Dibujo, Motores, Fundición, Forja Y Plomería Metalistería, Carpintería Y Ebanistería

Decreto 884 de 1946 · Por el cual se crea el Bachillerato Técnico Industrial y se fija el correspondiente plan de estudios

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Los estudiantes que finalicen el cuarto año del plan fijado por el presente Decreto, podrán recibir el título de Experto Industrial, en las siguientes ramas Mecánica, Electricidad, Dibujo, Motores, Fundición, Forja y Plomería Metalistería, Carpintería y Ebanistería. Los que terminen dicho plan, optarán el título de Bachiller Técnico Industrial, el cual dará derecho para el ingreso a la Facultades de Ingeniería Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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