Micelio

Artículo 14

Decreto 71 de 1994 · Por el cual se fijan las escalas de remuneración correspondientes a los empleos del Departamento Nacional de Planeación y se dictan otras disposiciones en materia salarial

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 14 . En ningún caso la remuneración total de los empleados públicos, a quienes se aplica el presente Decreto, podrá exceder la que se fija para el Director del Departamento Nacional de Planeación por concepto de asignación básica y gastos de representación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 71 de 1994