°. Mientras se mantenga el estado de sitio los alcaldes municipales podrán aplicarlas siguientes medidas: a) toque de queda; b) prohibición de expendios y consumo de bebidas embriagantes en establecimientos abiertos al público; c) prohibición de manifestaciones desfiles y reuniones públicas.
Decreto 1250 de 1975 →Vigente
Artículo 1
Mientras Se Mantenga El Estado De Sitio Los Alcaldes Municipales Podrán Aplicarlas Siguientes Medidas: A) Toque De Queda; B) Prohibición De Expendios Y Consumo De Bebidas Embriagantes En Establecimientos Abiertos Al Público; C) Prohibición De Manifestaciones Desfiles Y Reuniones Públicas
Decreto 1250 de 1975 · Por el cual se dictan medidas concernientes a la preservación del orden público y a su restablecimiento
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.