Manual ·operativo del Sistema Nacional de Rendición de Cuentas. En un término máximo de seis (6) meses contados a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, el Comité Nacional adoptará y publicará el manual operativo del Sistema Nacional de Rendición de Cuentas, cuyo fin es organizar las condiciones y mecanismos de interacción entre los agentes, nodos e instancias del sistema, el cual podrá ser actualizado autónomamente por el Comité Nacional y será de obligatorio cumplimiento a partir de publicación.
Decreto 230 de 2021 →Vigente
Artículo 16
Manual ·operativo Del Sistema Nacional De Rendición De Cuentas
Decreto 230 de 2021 · por el cual se crea y organiza el Sistema Nacional de Rendición de Cuentas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.