Certificación de la base gravable . Para efectos de la certificación de la base gravable de la sobretasa al consumo de cigarrillos y tabaco elaborado, la Dirección General de Apoyo Fiscal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público tomará el precio de venta al público certificado por el DANE, lo actualizará en todos sus componentes con la meta de inflación puntual para efectos legales establecida por el Banco de la República y al resultado le descontará el valor de la sobretasa del año anterior a aquel en el cual regirá la nueva certificación. (Decreto número 4811 de 2010, artículo 3°) CAPÍTULO V Reglamentación del artículo 11 de la Ley 505 de 1999 y el
del artículo 6º de la Ley 732 de 2002