Micelio

Artículo 20

Decreto 353 de 1994 · por el cual se modifica la caja de Vivienda Militar y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 20 . ADMINISTRACIÓN DE APORTES. La Caja Promotora de Vivienda Militar administrará los aportes de sus afiliados y vinculados por contrato de prestación de servicios, en concordancia con las funciones de la entidad y garantizando su seguridad, rentabilidad y liquidez. Esto con el objeto de que los afiliados y vinculados por contrato de prestación de servicios, conformen los recursos para adquirir vivienda en el sector público o privado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 353 de 1994