Micelio

Artículo 1

Hácense Las Siguientes Creaciones En El Ministerio De Correos Y Telégrafos: Escuela Postal Y De Telecomunicaciones

Decreto 2186 de 1947 · Por el cual se crean unas plazas en la Escuela Postal y de Telecomunicaciones, en el Ministerio de Correos y Telégrafos

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Hácense las siguientes creaciones en el Ministerio de Correos y Telégrafos: Escuela Postal y de Telecomunicaciones. Una Mecanógrafa, con asignación mensual de 150.00 Un Profesor de Inglés, con honorarios de tres pesos ($ 3.00) por cada hora de clase.

Parágrafo

El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto se imputará al Capítulo 90, artículo 1861, de las apropiaciones vigentes del Ministerio de Correos y Telégrafos. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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