Micelio

Artículo 74

Decreto 1056 de 1953 · Por el cual se expide el Código de Petróleos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En los trámites administrativos de que trata el presente Código se observarán las reglas de procedimiento judicial que sean compatibles con la naturaleza de aquéllos a fin de llenar los vacíos que puedan presentarse. Pero las notificaciones y los recursos se regirán por los artículos 74 y siguientes del Código Contencioso Administrativo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1056 de 1953