De la División de Inspección del Trabajo . Corresponde a la División de Inspección del Trabajo desarrollar las siguientes funciones
Dirigir, coordinar, controlar y evaluar las labores de la División;
Dirigir y coordinar la actividad de vigilancia y control del cumplimiento de las normas legales, convencionales y arbitrales en materia de trabajo:
Fijar pautas para el adecuado desarrollo de las funciones de vigilancia a fin de prevenir los conflictos y garantizar la eficaz protección de los trabajadores;
Ordenar visitas de inspección para controlar el cumplimiento de las disposiciones legales, convencionales y arbitrales;
Facilitar información técnica y asesorar a los empleados y trabajadores en el cumplimiento de las disposiciones legales, convencionales o arbitrales para procurar relaciones armónicas entre éstos;
Recopilar y tabular estadísticas relacionadas con los fenómenos encontrado a través de las visitas de inspección que se efectúen, las infracciones que se determinen y las sanciones que se impongan;
Tramitar las consultas que le sean formuladas a la División, por los Inspectores de Trabajo y funcionarios de las dependencias departamentales, en lo relacionado con la vigilancia y control del cumplimiento de las normas legales, convencionales y arbitrales, y
Sancionar a quienes violen las normas legales, convencionales o arbitrales.