Micelio

Artículo 3

Decreto 960 de 1961 · Por el cual se autoriza al Gobierno Nacional para contratar modificaciones de Deuda Interna de la Nación

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo tercero. El Ministerio de Hacienda y Crédito Público queda facultado para expedir los pagarés respectivos, ciñéndose para tal fin a las estipulaciones del contrato que celebre con la Empresa Colombiana de Petróleos (Ecopetrol), el cual sólo requerirá para su validez la aprobación del señor Presidente de la República, previo concepto tlel Consejo de Ministros, y la posterior revisión del Consejo de Estado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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