Articulo 7° A partir del primero (1°) de enero de 1955, el Auxiliar del Mimeógrafo del Departamento de Publicaciones, devengará una asignación mensual de trescientos cincuenta pesos ($ 350.00). Comuníquese y publíquese.
Decreto 3602 de 1954 →Vigente
Artículo 7
A Partir Del Primero (1°) De Enero De 1955, El Auxiliar Del Mimeógrafo Del Departamento De Publicaciones, Devengará Una Asignación Mensual De Trescientos Cincuenta Pesos ($ 350
Decreto 3602 de 1954 · Por el cual se suprimen unos cargos en el Departamento Administrativo Nacional de Estadística, se crean otros y se fijan las asignaciones correspondientes
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.