de la partida votada para toda clase de inversiones y gastos que demanden la preparación, ejecución y terminación de los planes, programas y proyectos de Rehabilitación en las zonas afectadas por la violencia, se hace la siguiente redistribución parcial;
Disminuyese la partida distribuida al ordinal 6° del Capítulo 036, articulo 0363 vigencia de 1960 "para la construcción de la Alcaldía de Menores del Distrito Especial de Bogotá, en la suma de $ 904 84 45
Aumentase en la misma cantidad la partida distribuida al ordinal 8° del artículo, citado, para dar cumplimiento a lo dispuesto por el articulo catorce del Decreto 2978 de 1960.