Micelio

Artículo 5

Los Trabajadores Del Banco Central Hipotecario, Vinculados En La Subgerencia De Desarrollo Regional Y Urbano En El Momento De Su Supresión, A Quienes No Se Les Ofrezca Un Cargo En La Financiera De Desarrollo Territorial S

Decreto 623 de 1990 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 57 de 1989.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Los trabajadores del Banco Central Hipotecario, vinculados en la Subgerencia de Desarrollo Regional y Urbano en el momento de su supresión, a quienes no se les ofrezca un cargo en la Financiera de Desarrollo Territorial S. A. “Findeter” o que no acepten el ofrecimiento respectivo y cuyo contrato de trabajo tenga que darse por terminado como consecuencia de la supresión de dicha Subgerencia, tendrán derecho a la indemnización prevista para ellos en las normas vigentes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 623 de 1990