Micelio

Artículo 36

Corresponde A La Oficina De Sistemas De La Dirección General Del Presupuesto Nacional El Ejercicio De Las Siguientes Funciones: A

Decreto 2112 de 1992 · por el cual se reestructura el Instituto Colombiano Geográfico "Agustín Codazzi".

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Corresponde a la Oficina de Sistemas de la Dirección General del Presupuesto Nacional el ejercicio de las siguientes funciones

a)

Analizar, diseñar, desarrollar, documentar y mantener los sistemas de información requeridos por la Dirección General del Presupuesto Nacional;

b)

Coordinar, ejecutar y controlar las labores de procesamiento de información y administrar los recursos computacionales de la Dirección General del Presupuesto Nacional;

c)

Diseñar en coordinación con las otras dependencias de la Dirección General del Presupuesto Nacional, las formas y procedimientos adecuados para el correcto flujo, procesamiento y utilización de la información;

d)

Realizar los estudios necesarios para el desarrollo de nuevas aplicaciones y proponer las especificaciones técnicas de los equipos requeridos para su implantación;

e)

Asistir a los funcionarios de organismos y entidades en la utilización del sistema de información presupuestal;

f)

Presentar a la Unidad Informática del Ministerio de Hacienda y Crédito Público el plan anual de capacitación del personal del grupo de sistemas y de los usuarios de recursos y servicios informáticos en la Dirección General del Presupuesto Nacional;

g)

Coordinar con la Unidad Informática del Ministerio de Hacienda y Crédito Público la planeación de sistemas de la Dirección General del Presupuesto Nacional dentro de la metodología establecida:

h)

Las demás que le sean asignadas según la naturaleza de sus funciones. 4.0.3 De la Oficina Juridica

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2112 de 1992