Decreto 1847 de 2021 · Por el cual se sustituyen los numerales 1.2 y 2.2 del artículo 1.5.8.4.1 del Capítulo 4 del Título 8 de la Parte 5 del Libro 1, los incisos 6, 7 y 8 del artículo 1.6.1.2.14 del Capítulo 2 del Título 1 de la Parte 6 del Libro 1, el inciso 1 del numeral 1 del artículo 2.1.1.20 del Título 1 de la Parte 1 del Libro 2, se adiciona el inciso 3 al numeral 1 del artículo 2.1.1.20 del Título 1 de la Parte 1 del Libro 2 y se modifica el inciso 1 del numeral 2 del artículo 2.1.1.20 del Título 1 de la Parte 1 del Libro 2 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria.
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El texto del artículo
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Sustitución de los numerales 1.2 y 2.2 del artículo 1.5.8.4.1 del Capítulo 4 del Título 8 de la Parte 5 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único, Reglamentario en Materia Tributaria. Sustitúyanse los numerales 1.2 y 2.2 del artículo 1.5.8.4.1 del Capítulo 4 del Título 8 de la Parte 5 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, así: "1.2. Obtener ingresos brutos, ordinarios o extraordinarios, inferiores a 100.000 UVT según lo previsto en el numeral 2 del artículo 905 y en el
Parágrafo 6
del artículo 908 del Estatuto Tributario. 2.2. Obtener ingresos brutos, ordinarios o extraordinarios, inferiores a 100.000 UVT según lo previsto en los numerales 2, 3, 4 y 5 y el
Parágrafo
del artículo 905 y en el
Parágrafo 6
del artículo 908 del Estatuto Tributario."
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.