Micelio

Artículo 82

Decreto 2252 de 1995 · por el cual se desarrollan la estructura orgánica y las funciones de la Policía Nacional y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

División Policía Cívica de Participación Ciudadana. Son funciones de la División Policía Cívica de Participación Ciudadana, las siguientes

1.

Proyectar la política para la organización, funcionamiento y sistema de control de la policía cívica.

2.

Coordinar y supervisar el funcionamiento de la policía cívica.

3.

Determinar criterios para el fortalecimiento y crecimiento de las organizaciones departamentales y municipales de policía cívica.

4.

Evaluar los resultados de los planes y programas cumplidos por la policía cívica.

5.

Establecer un archivo sistematizado de miembros de la policía cívica y los mecanismos de seguridad para prevenir el ingreso de personas que no cumplan los requisitos exigidos o que incurran en la comisión de faltas que determinen su desvinculación.

6.

Las demás que le determinen la ley y los reglamentos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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