Funciones del Consejo Directivo. En desarrollo de su objeto, el Consejo Directivo de la Agencia de Desarrollo Rural, como órgano máximo de la Agencia, deberá
Articular los fondos territoriales que estén creados o que se llegasen a crear con el propósito de canalizar y coordinar los recursos necesarios para los usos e intervenciones dirigidos a la prestación del Servicio Público de Extensión Agropecuaria.
Articular y coordinar iniciativas territoriales con el propósito de hacer más eficiente la canalización de los recursos dirigidos a la prestación del Servicio Público de Extensión Agropecuaria, de acuerdo con lo indicado en el Manual Operativo.
Promover esquemas asociativos en el marco de la Ley 1454 de 2011.
Evaluar y aprobar la financiación de los programas especiales que defina el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.
Coordinar el desarrollo de proyectos determinados en los PDEA con las subregiones funcionales propuestas en las Bases del Plan a través de la Ley 1955 de 2019.
Aprobar el Manual de Operación del Fondo Nacional de Extensión Agropecuaria (FNEA), formulado por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural en el cual se establecerán los procedimientos de administración de los recursos, los criterios para pagos o giros, el manejo de los rendimientos financieros, actividades a financiar y los demás asuntos que tengan como finalidad el funcionamiento, desarrollo y ejecución del Fondo Nacional de Extensión Agropecuaria, FNEA, de conformidad a lo previsto en la Ley 1876 de 2017, los decretos que la reglamenten y demás normativa aplicable.
Aprobar el Plan Anual de Inversiones del Fondo de Extensión Agropecuaria formulado por el Comité Técnico del Fondo.
Analizar los resultados de las evaluaciones de la extensión agropecuaria realizadas por la Agencia de Desarrollo Rural en el territorio nacional, con visto bueno previo del comité técnico.
Generar condiciones de articulación de los recursos del Fondo con las líneas de cofinanciación que la ADR tiene para el componente de asistencia técnica de los Proyectos Integrales de Desarrollo Agropecuario y Rural con Enfoque Territorial (PIDAR).
Establecer las estrategias sobre la administración de los recursos para el cumplimiento en la ejecución de las acciones, programas y proyectos definidos en el marco de los Planes Departamentales de Extensión Agropecuaria (PDEA), previamente adoptados por Ordenanza.
Establecer los requisitos y procedimientos para que los departamentos, municipios y distritos presenten solicitudes de financiación al Fondo.
Aprobar la ejecución de los recursos que hayan sido destinados a la financiación de proyectos para la prestación del Servicio Público de Extensión Agropecuaria ejecutado conforme a los PDEA, de acuerdo con el modelo de financiación previsto en la Ley 1876 de 2017, el manual operativo, los informes de seguimiento y control presentados por la ADR y el comité técnico.
Aprobar la metodología de la evaluación del impacto en territorio del Plan de Extensión Agropecuaria, anualmente.
Analizar los resultados de la evaluación del impacto del Plan de Extensión Agropecuaria en territorio, previa revisión del comité técnico.
Las demás que se requieran para el cabal cumplimiento y desarrollo de los objetivos del Fondo Nacional de Extensión Agropecuaria (FNEA).