°. Funciones del Consejo Directivo . El Consejo Directivo cumplirá las siguientes funciones
Aprobar el Plan Estratégico de la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP) y velar por su cumplimiento.
Asesorar al Director General en la adopción de las políticas y expedición de normas relacionadas con la administración de contribuciones parafiscales.
Evaluar los informes que le sean presentados por el Director General de la UGPP, con el fin de hacer seguimiento oportuno y efectivo del cumplimiento de las políticas y los objetivos estratégicos trazados, así como la revisión permanente de las mismas con el fin de llevar a cabo su actualización y ajuste cuando resulte necesario.
Aprobar, a propuesta del Director General y de conformidad con la política que fije el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el plan general de expedición normativa de la entidad.
Solicitar el análisis de impacto de aquellas iniciativas que a juicio del Consejo requieran de seguimiento en su aplicación.
Conocer las evaluaciones de ejecución presentadas por el Director General de la UGPP y proponer correctivos cuando sea necesario.
Aprobar el Proyecto de Presupuesto Anual de la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensionales y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP).
Aprobar los planes y programas que conforme a la Ley Orgánica del Presupuesto se requieran para su incorporación a los planes sectoriales, y a través de estos, al Plan Nacional de Desarrollo.
Formular y adoptar, a propuesta del Director General, la política de mejoramiento continuo de la entidad, así como los programas orientados a garantizar el desarrollo administrativo.
Aprobar las modificaciones a la estructura y planta de personal de la entidad para su adopción por el Gobierno Nacional.
Adoptar los lineamientos generales de la política institucional de gestión de calidad.
Dictarse su propio reglamento.
Las demás funciones que le señale la ley.