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Artículo 33

Las Solicitudes De Partidas Se Presentarán De Acuerdo Con Los Formularios Prescritos O Las Instrucciones Impartidas Por La Dirección General Del Presupuesto, Teniendo En Cuenta Los Requerimientos Del Departamento Nacional De Planeación En Lo Que Respecta A La Formulación De Las Solicitudes De Inversión

Decreto 294 de 1973 · Por el cual se expide el Estatuto Orgánico del Presupuesto General de la Nación

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las solicitudes de partidas se presentarán de acuerdo con los formularios prescritos o las instrucciones impartidas por la Dirección General del Presupuesto, teniendo en cuenta los requerimientos del Departamento Nacional de Planeación en lo que respecta a la formulación de las solicitudes de inversión. Las solicitudes para gastos tanto de funcionamiento como de inversión contendrán, por lo menos, los siguientes datos

1.

Descripción de las funciones de la entidad a la cual correspondan los gastos.

2.

Descripción de la cantidad personal, de los recursos materiales y de la organización disponible para ejecutar los programas y subprogramas.

3.

Detalle de las partidas que se soliciten clasificadas por funciones, por sectores económicos e institucionales, agrupadas por programas y subprogramas con especificación de proyectos y objeto del gasto.

4.

Descripción de los objetivos, prioridad e importancia de los programas, subprogramas y proyectos, de los recursos necesarios, de sus costos globales y unitarios, y una justificación de los aumentos o de las disminuciones de las partidas que se soliciten para ejecutarlos. Además, las razones de su necesidad o conveniencia, cuando se trate de nuevos proyectos.

5.

En el detalle de las partidas solicitadas se indicará la ley que autoriza el gasto o la sentencia que lo motive, y

6.

Valor de lo apropiado para los mismos gastos en el presupuesto del año fiscal en curso y de los gastos y reservas del año fiscal inmediatamente anterior, correspondiente a la misma apropiación y monto de la partida que se solicite para incluir en el proyecto de presupuesto, dentro de cada programa.

7.

Explicación de los resultados obtenidos en la ejecución de los programas, subprogramas, y proyectos. Se indicarán las razones por las cuales los resultados de la ejecución difieren de los objetivos y metas aprobados en el presupuesto del año fiscal en curso y en del año fiscal inmediatamente anterior, cuando fuere el caso.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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