º . Término. La Misión tendrá un plazo de seis (6) meses para el cumplimiento de las funciones previstas en el artículo 1º del presente decreto, el cual estará distribuido de la siguiente manera: Tres (3) meses para presentar informe preliminar al Presidente de la República y al Director del Departamento Administrativo de Seguridad, DAS. Dentro de los tres (3) meses siguientes al plazo inicial, La Misión presentará al Presidente de la República y al Director del Departamento Administrativo de Seguridad, DAS, el informe final de la gestión encomendada.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.