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Artículo 1

Adicionar Al Artículo 3° Del Decreto 1500 De 2007, Modificado Por El Artículo 3° Del Decreto 1282 De 2016, La Siguiente Definición: “auxiliar Del Inspector Oficial

Decreto 2016 de 2023 · por el cual se modifica el Decreto 1500 de 2007 y el Decreto 2270 de 2012 en relación con el Sistema Oficial de Inspección, Vigilancia y Control de la Carne y Productos Cárnicos Comestibles y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Adicionar al artículo 3° del Decreto 1500 de 2007, modificado por el artículo 3° del Decreto 1282 de 2016, la siguiente definición: “Auxiliar del Inspector Oficial . Es la persona proveída por la planta de beneficio que cumple con la idoneidad y experiencia determinada por el Invima, para apoyar las responsabilidades de los establecimientos, en cuanto a garantizar la inocuidad de la carne y productos cárnicos comestibles, sin que ello implique funciones de inspección, vigilancia y control”.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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