La Dirección General de Asuntos Políticos y Electorales ejercerá las siguientes funciones
Asesorar al Ministro en la coordinación de la acción del Gobierno Nacional en sus relaciones con el Congreso de la República, sin perjuicio de la iniciativa legislativa y la gestión que, en el proceso de aprobación de las leyes y en las responsabilidades del Gobierno Nacional con el Congreso, les corresponda adelantar a los distintos ministerios y al Gobierno Nacional en cada uno de sus ramos;
Realizar o promover las investigaciones y estudios que se requieran para la formulación, ejecución y evaluación de las políticas propias del Sector del Interior. De ser necesario, tales investigaciones y estudios serán contratados por el Ministerio del Interior;
Promover directamente, o en coordinación con la ciudadanía, las autoridades competentes, diputados, concejales y las organizaciones civiles, el desarrollo constitucional y la filosofía de la Carta en las materias de su competencia;
Promover el fortalecimiento y modernización de los movimientos y partidos políticos, coordinar la acción del Gobierno Nacional en sus relaciones con los mismos e incentivar la integración de las diferentes fuerzas sociales para la consecución de los grandes propósitos nacionales; la actualización y modernización del sistema electoral; y el desarrollo político en general;
Asesorar al Gobierno en la vigilancia de la cabal aplicación del Estatuto de la Oposición y demás normas que amparen los derechos de los partidos y movimientos políticos y candidatos independientes, en coordinación con las autoridades electorales competentes. En tal virtud, corresponde al Ministerio del Interior promover y velar por la salvaguarda de los derechos de los partidos y movimientos políticos, en los términos dispuestos por el artículo 112 de la Constitución Política y en la ley estatutaria sobre la materia, sin perjuicio de la responsabilidad que corresponde en el mismo sentido, a las demás autoridades y organismos competentes del Estado;
Promover la modernización de las instituciones y disposiciones electorales y velar por el libre ejercicio de los derechos políticos;
Preparar de común acuerdo con la Dirección Jurídica, los proyectos de ley, actos legislativos y los demás proyectos normativos en las materias de su competencia, y que no correspondan, por disposiciones legales, a otros ministerios o departamentos administrativos;
Evaluar y hacer el seguimiento de los proyectos de ley presentados por el Gobierno Nacional a consideración del Congreso;
Asesorar al Ministro en la conducción de las relaciones del Gobierno Nacional con los partidos y movimientos políticos;
Analizar el proceso electoral; atender las peticiones y consultas por parte de los partidos y movimientos políticos respecto de los derechos, deberes y garantías electorales; y coordinar las actividades necesarias para asegurar el normal desarrollo del proceso electoral;
Recopilar, sistematizar, conservar y producir la información necesaria en materia de estadísticas políticas y electorales;
Realizar, promover o contratar las investigaciones y estudios que se requieren para la formulación, ejecución y evaluación de las políticas propias de los asuntos políticos;
Las demás que le sean asignadas de acuerdo a la naturaleza de la dependencia. Dirección General de Orden Público y Convivencia Ciudadana.