Micelio

Artículo 15

Las Operaciones De Compra, Venta, Permuta U Otras, De Semovientes Y De Productos De Las Dependencias Del Ministerio, No Estarán Sujetas A Las Normas Ordinarias Del Código Fiscal, Y Se Ejecutaran Según Disposiciones Comerciales Que Determinara En Su Reglamentación La Contralorea General De La República

Decreto 791 de 1954 · Por el cual se fijan las dependencias del Ministerio de Agricultura y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las operaciones de compra, venta, permuta u otras, de semovientes y de productos de las dependencias del Ministerio, no estarán sujetas a las normas ordinarias del Código Fiscal, y se ejecutaran según disposiciones comerciales que determinara en su reglamentación la Contralorea General de la República.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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