Micelio

Artículo 4

Modificar El Artículo 9° Del Decreto Ley 4175 De 2011, El Cual Quedará Así: “artículo 9°

Decreto 62 de 2021 · por el cual se modifica la estructura del Instituto Nacional de Metrología (INM).

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Modificar el artículo 9° del Decreto Ley 4175 de 2011, el cual quedará así: “Artículo 9°. Funciones de la Dirección General. Corresponde a la Dirección General desarrollar las siguientes funciones

1.

Asesorar al Gobierno nacional y acompañar al formulador de las políticas en las materias que tengan relación con la metrología científica e industrial y en las demás áreas propias de sus funciones.

2.

Dirigir, coordinar, vigilar, controlar, evaluar la ejecución y cumplimiento de los objetivos, funciones, políticas, planes y programas inherentes al objeto de la entidad.

3.

Participar y representar al país en los espacios internacionales, foros, organizaciones regionales y multilaterales competentes en los temas relacionados con metrología científica e industrial y gestionar los acuerdos de reconocimiento mutuo en la materia, en coordinación con el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.

4.

Designar los institutos u organizaciones que se consideren indispensables en un área de metrología para una magnitud física, química o biológica no cubierta ni planeada a cubrir por el Instituto Nacional de Metrología (INM) y en la cual este decida realizar la designación.

5.

Gestionar la Red Colombiana de Metrología (RCM) y dar lineamientos para promover la articulación de sus actores y consolidar la confianza en los servicios metrológicos del país.

6.

Oficializar los patrones nacionales de medida correspondientes a cada magnitud del Sistema Internacional de Unidades (SI); incluyendo los conservados y custodiados por los institutos designados.

7.

Establecer las directrices para la adopción y conservación de los patrones nacionales de medida.

8.

Establecer las directrices para la realización y adopción de sistemas de medida y materiales de referencia como patrones nacionales de medida.

9.

Aprobar y promover las actividades necesarias para asegurar la trazabilidad de los patrones nacionales de medida y de las mediciones al Sistema Internacional de Unidades (SI) y gestionar la publicación de las Capacidades de Medición y Calibración (CMC), de acuerdo a los lineamientos de la autoridad internacional en Metrología en el marco del Acuerdo de Reconocimiento Mutuo.

10.

Celebrar contratos y convenios, y promover y ejecutar programas de cooperación técnica nacional e internacional en materia metrológica que se requieran para el desarrollo de sus funciones con gobiernos, instituciones, organismos y empresas tanto nacionales como extranjeras, en coordinación con las autoridades competentes en la materia.

11.

Fijar las tasas a que hace referencia la Ley 1480 de 2011 para todos los bienes y servicios que preste el Instituto Nacional de Metrología.

12.

Orientar la política de gestión de información requerida para el cumplimiento de su objeto y definir políticas, estrategias, planes y acciones en materia de comunicación.

13.

Nombrar y remover el personal del Instituto, con excepción de los empleos cuya nominación esté atribuida a otra autoridad, de conformidad con las normas legales.

14.

Ejercer la segunda instancia en los procesos disciplinarios, de acuerdo con la normativa vigente.

15.

Crear, organizar y conformar comités, comisiones, equipos transversales y grupos internos de trabajo, teniendo en cuenta la estructura interna, las necesidades del servicio y los planes y programas trazados para el adecuado funcionamiento del Instituto.

16.

Ordenar el gasto de los recursos asignados al Instituto Nacional de Metrología (INM), y vigilar la adecuada ejecución presupuestal.

17.

Aprobar los anteproyectos de presupuesto de inversión y de funcionamiento del Instituto Nacional de Metrología (INM).

18.

Gestionar ante las autoridades competentes la consecución de fuentes de financiación con destino al Instituto Nacional de Metrología (INM).

19.

Suscribir de conformidad con el Estatuto General de Contratación Pública y el Estatuto Orgánico del Presupuesto, los contratos relativos a asuntos propios del Instituto Nacional de Metrología (INM).

20.

Dirigir la administración de personal conforme a las normas sobre la materia.

21.

Aprobar el Plan Operativo de Inversión Anual de los recursos asignados al Instituto Nacional de Metrología (INM).

22.

Dirigir la implementación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG), y garantizar el ejercicio del Control Interno.

23.

Las demás que le asigne la ley o que sean necesarias para el normal funcionamiento del Instituto Nacional de Metrología (INM)”.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 62 de 2021