Tanto el capital como los intereses de los Bonos Agrarios estarán libres de cualquier impuesto nacional, departamental o municipal distinto al de la renta y sus adicionales, de conformidad con el artículo 75 de la Ley 135 de 1961.
Decreto 687 de 1968 →Vigente
Artículo 6
Decreto 687 de 1968 · por el cual se ordena la emisión y se fijan las características de los Bonos Agrarios de la Clase “A”.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.