Micelio

Artículo 1

A Partir Del L1° De Febrero De 1975 Los Sueldos Mensuales Básicos Para Rectores, Vicerrectores, Directores De Centros Docentes, Directores De Bienestar Estudiantil, Directores De Departamento, Directores De Ayudas Educativas, Consejeros, Profesores E Instructores Al Servicio De Los Institutos Nacionales De Educación Media Diversificada, Inem , E Institutos Técnicos Agrícolas, Itas , Serán Las Siguientes: Cargo Sueldo Básico A) Profesores I-A Y I-B $ 6

Decreto 525 de 1975 · Por el cual se fijan asignaciones al personal al servicio de los Institutos Nacionales de Educación Media Diversificada, INEM, y de los Institutos Técnicos Agricolas, ITAS

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° A partir del l1° de febrero de 1975 los sueldos mensuales básicos para Rectores, Vicerrectores, Directores de Centros Docentes, Directores de Bienestar Estudiantil, Directores de Departamento, Directores de Ayudas Educativas, Consejeros, Profesores e Instructores al servicio de los Institutos Nacionales de Educación Media Diversificada, INEM , e Institutos Técnicos Agrícolas, ITAS , serán las siguientes: Cargo Sueldo básico

a)

Profesores I-A y I-B $ 6.600 Profesores II-A y II-B 5.600

b)

Instructores I-A y II-A 6.600 Instructores I-B y II-B 6.100 Instructores I-C y II-C 6.050 Instructores III-A 5.550 Instructores III-B. 5.450 Instructores III-C 5.350 Instructores IV-A. 5.250 Instructores IV-B 5.150 Instructores IV-C 5.100

c)

Directores de Departamento Área Académica Cuna .jornada y doble jornada): Directores I y II 6.600 Directores III y IV 5.600 Directores de Departamento Area Vocacional (una jornada y doble jornada): Directores I y II 6.600 Directores III 6.050

d)

Consejeros I y II 6.600 Consejeros III y IV 5.600

e)

Personal Directivo (doble jornada: Rector. 9.740 Vice-Rector Académico 9.000 Vice-Rector Administrativo 8.180 Vice-Rector Servicios Especiales 8.180 Director Centro Docente 7.740 Personal Directivo (una jornada): Rector 8.180 Vice-Rector Académico. 7.880 Vice-Rector Servicios Especiales 7.480 Vice-Rector Administrativo 7.480 Director Centro Docente 7.340 Director Bienestar Estudiantil 7.340 Director Ayudas Educativas 6.050

Parágrafo 1

Mientras se reglamentan las condiciones académicas y de experiencia profesional necesaria para la clasificación a que hace referencia el presente artículo continúan vigentes las establecidas en la Resolución número 2359 de 4 de octubre de 1971, emanada de la Gerencia General del ICCE y aprobada por el Ministerio de Educación Nacional.

Parágrafo 2

a partir de la fecha del presente Decreto no sé; proveerán los cargos de Instructores IV.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 525 de 1975