° A partir del l1° de febrero de 1975 los sueldos mensuales básicos para Rectores, Vicerrectores, Directores de Centros Docentes, Directores de Bienestar Estudiantil, Directores de Departamento, Directores de Ayudas Educativas, Consejeros, Profesores e Instructores al servicio de los Institutos Nacionales de Educación Media Diversificada, INEM , e Institutos Técnicos Agrícolas, ITAS , serán las siguientes: Cargo Sueldo básico
Profesores I-A y I-B $ 6.600 Profesores II-A y II-B 5.600
Instructores I-A y II-A 6.600 Instructores I-B y II-B 6.100 Instructores I-C y II-C 6.050 Instructores III-A 5.550 Instructores III-B. 5.450 Instructores III-C 5.350 Instructores IV-A. 5.250 Instructores IV-B 5.150 Instructores IV-C 5.100
Directores de Departamento Área Académica Cuna .jornada y doble jornada): Directores I y II 6.600 Directores III y IV 5.600 Directores de Departamento Area Vocacional (una jornada y doble jornada): Directores I y II 6.600 Directores III 6.050
Consejeros I y II 6.600 Consejeros III y IV 5.600
Personal Directivo (doble jornada: Rector. 9.740 Vice-Rector Académico 9.000 Vice-Rector Administrativo 8.180 Vice-Rector Servicios Especiales 8.180 Director Centro Docente 7.740 Personal Directivo (una jornada): Rector 8.180 Vice-Rector Académico. 7.880 Vice-Rector Servicios Especiales 7.480 Vice-Rector Administrativo 7.480 Director Centro Docente 7.340 Director Bienestar Estudiantil 7.340 Director Ayudas Educativas 6.050
Mientras se reglamentan las condiciones académicas y de experiencia profesional necesaria para la clasificación a que hace referencia el presente artículo continúan vigentes las establecidas en la Resolución número 2359 de 4 de octubre de 1971, emanada de la Gerencia General del ICCE y aprobada por el Ministerio de Educación Nacional.
a partir de la fecha del presente Decreto no sé; proveerán los cargos de Instructores IV.