Micelio

Artículo 6

Al Depositar En La Secretaría General De La Organización De Los Estados Americanos El Instrumento De Ratificación O Adhesión A Este Protocolo, Cada Estado Parte Presentará Un Informe De Cuáles Son Las Actuaciones Que, Según Su Ley Interna, Deban Ser Sufragadas Directamente Por Los Interesados, Con Especificación De Las Costas Y Gastos Respectivos

Decreto 2051 de 1999 · por el cual se promulgan la "Convencion Interamericana sobre Exhortos y Cartas Rogatorias", suscrita en Panama el 30 de enero de 1975 y el "Protocolo Adicional de la Convencion Interamericana sobre Exhortos y Cartas Rogatorias", hecho en Montevideo el 8 de mayo de 1979

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Al depositar en la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos el instrumento de ratificación o adhesión a este Protocolo, cada Estado Parte presentará un informe de cuáles son las actuaciones que, según su ley interna, deban ser sufragadas directamente por los interesados, con especificación de las costas y gastos respectivos. Asimismo, cada Estado Parte deberá indicar en el informe mencionado el valor único que a su juicio cubra razonablemente el costo de aquellas actuaciones, cualquiera sea su número o naturaleza. Este valor se aplicará cuando el interesado no designare persona responsable para hacer el pago de esas actuaciones en el Estado requerido, sino que optare por abonarlas directamente en la forma señalada en el artículo 5 de este Protocolo. La Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos distribuirá entre los Estados Partes en este Protocolo la información recibida. Los Estados Partes podrán, en cualquier momento, comunicar a la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos las modificaciones a los mencionados informes, debiendo aquélla poner en conocimiento de los demás Estados Partes en este Protocolo, tales modificaciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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