Micelio

Artículo 1

º

Decreto 1082 de 1994 · por el cual se reglamentan parcialmente las Leyes 14 de 1983, 3a. de 1986 y 6a. de 1992 y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . De la importación de combustibles derivados del petróleo. Toda persona natural o jurídica que se encuentre interesada en importar combustibles para su propio consumo o para comercializarlos dentro del territorio nacional podrá hacerlo, pero para poder transportarlos, consumirlos, distribuirlos o comercializarlos deberá inscribirse ante el Ministerio de Minas y Energía, para garantizar la seguridad en el manejo de los combustibles. La inscripción se realizará conforme al reglamento que para el efecto expida el Ministerio de Minas y Energía.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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