Inscripcion para concursar. La inscripción para los concursos se hará dentro del término señalado en la convocatoria y durante él los aspirantes deberán aportar los documentos necesarios para demostrar que reúnen los requisitos exigidos. Dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al vencimiento del período de inscripción se fijará la lista de los aspirantes aptos para concursar y la de los no admitidos indicando las razones de la negativa. Estos últimos tendrán un día hábil para reclamar y el Departamento un término igual para decidir. Contra la decisión no procede recurso alguno. La inscripción realizada en contravención a lo dispuesta en este artículo es causal de mala conducta imputable al funcionario que la realizó y excluye al aspirante de la posibilidad de participar en el concurso o de figurar en la lista de elegibles.
Decreto 2147 de 1989 →Vigente
Artículo 13
Decreto 2147 de 1989 · por el cual se expide el régimen de carrera de los empleados del Departamento Administrativo de Seguridad.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.