Dentro de los 3 meses siguientes a la entrada en vigencia de la presente ley, las entidades ejecutoras que tengan medidas preventivas vigentes por la causal señalada en el literal a) del artículo 109 de la Ley 1530 de 2012, deberán solicitar su levantamiento acreditando la superación de las causales que dieron lugar a su imposición, de lo contrario se enviará un informe a los órganos de control, a efectos de que se analice la incidencia fiscal o disciplinaria generada a partir de la omisión en el reporte de información evidenciado y se ordenará el levantamiento de la medida preventiva.
Ley 2056 de 2020 →Vigente
Artículo 201
Solicitudes De Levantamiento Por No Reporte De Información Al Sistema De Monitoreo, Seguimiento, Control Y Evaluación
Ley 2056 de 2020 · por la cual se regula la organización y el funcionamiento del Sistema General de Regalías.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.