La competencia de los jueces para conocer de las controversias relativas a los actos administrativos y demás hechos u operaciones que realice la Empresa se rige por las normas del Decreto 528 de 1964 y demás disposiciones sobre la materia. CAPITULO VIII Patrimonio.
Decreto 730 de 1971 →Vigente
Artículo 38
La Competencia De Los Jueces Para Conocer De Las Controversias Relativas A Los Actos Administrativos Y Demás Hechos U Operaciones Que Realice La Empresa Se Rige Por Las Normas Del Decreto 528 De 1964 Y Demás Disposiciones Sobre La Materia
Decreto 730 de 1971 · Por el cual se aprueban los Estatutos de Puertos de Colombia
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.