Micelio

Artículo 1

Ley 99 de 1876 · Sobre fomento, colonización i civilización de indíjenas de la hoya del Sarare

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Autorizase al Poder Ejecutivo para que conceda privilejioo esclusivo a la Compañía anónima que lo solicite para la ejecucion de las siguientes obras.

1.

a La apertura de una via de comunicaciom directa, entre los valles de Cúcuta i el Terrritorio de Casanare, por la via de Labateca.

2.

a La colonizacion de la hoya del Sarare i la reduccion i civilizacion de las tribus salvajes que existen en el territorio comprendido entre el Desparramadero del rio del mismo nombre i sus afluentesde una i otra márjen denominados "Talco" i "balegra;"i

3.

a La navegacion permanaente del citado rio Sarare, desde la desembocadura del "Oirá" o desde el punto en que aquel empieza a ser navegable, hasta el Desparramadero, pasando por éste al rio Arauca, hasta el punto donde lleguen los vapores que surcan este mismo nrio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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