Micelio

Artículo 1

La Persona Natural O Jurídica, Privada Con Presencia Nacional, Seleccionada Por El Ministerio De Comercio, Industria Y Turismo, Mediante Convocatoria Pública Y Previa Celebración De Convenio, Ejercerá En Las Ciudades Que Determine El Ministerio De Comercio, Industria Y Turismo, A Través De La Dirección De Comercio Exterior, La Siguiente Función Administrativa: Expedir, De Acuerdo Con El Procedimiento Y Los Criterios De Origen Que Indique El Ministerio De Comercio, Industria Y Turismo A Través De La Dirección De Comercio Exterior, Los Certificados De Origen Que Soliciten Los Usuarios De Comercio Exterior

Decreto 1037 de 2009 · por el cual se determina una función específica a conferir a particulares, en materia de comercio exterior, y se adoptan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. La persona natural o jurídica, privada con presencia nacional, seleccionada por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, mediante convocatoria pública y previa celebración de convenio, ejercerá en las ciudades que determine el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, a través de la Dirección de Comercio Exterior, la siguiente función administrativa: Expedir, de acuerdo con el procedimiento y los criterios de origen que indique el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo a través de la Dirección de Comercio Exterior, los certificados de origen que soliciten los usuarios de comercio exterior.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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