Micelio

Artículo 8

Todas Las Modificaciones A Los Estatutos Y Reglamentos De La Academia, Lo Mismo Que Los Nombramientos De Académicos Y De Número, Deberán Ser Sometidos A La Aprobación Del Gobierno Nacional

Decreto 1218 de 1936 · Por el cual se reglamentan las Leyes 39 de 1913 y 34 de 1933, y se modifican y complementan los Decretos números 424 de 1934 y 436 de 1935

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Todas las modificaciones a los Estatutos y Reglamentos de la Academia, lo mismo que los nombramientos de académicos y de número, deberán ser sometidos a la aprobación del Gobierno Nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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