º Modifícase el artículo primero de los Decretos números 378 y 379 de marzo 2 y 396 de marzo 6 de 1992 y el artículo segundo del Decreto número 409 de marzo 6 del mismo año, en el sentido de autorizar el gestionamiento de los créditos de que tratan dichos decretos en los términos financieros que establezca el Ministerio de Hacienda y Crédito Público-Dirección General de Crédito Público, antes de la apertura de las licitaciones públicas para las respectivas adquisiciones o de la invitación para presentar ofertas de suministro y financiación en caso de contratación directa.
Artículo 1
º Modifícase El Artículo Primero De Los Decretos Números 378 Y 379 De Marzo 2 Y 396 De Marzo 6 De 1992 Y El Artículo Segundo Del Decreto Número 409 De Marzo 6 Del Mismo Año, En El Sentido De Autorizar El Gestionamiento De Los Créditos De Que Tratan Dichos Decretos En Los Términos Financieros Que Establezca El Ministerio De Hacienda Y Crédito Público-Dirección General De Crédito Público, Antes De La Apertura De Las Licitaciones Públicas Para Las Respectivas Adquisiciones O De La Invitación Para Presentar Ofertas De Suministro Y Financiación En Caso De Contratación Directa
Decreto 922 de 1992 · por el cual se modifica el artículo primero de los Decretos números 378 y 379 de marzo 2 y 396 de marzo 5 de 1992 y el artículo segundo del Decreto número 409 de marzo 6 de 1992.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
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