Micelio

Artículo 28

Decreto 2061 de 1996 · por el cual se reglamentan las telecomunicaciones del servicio móvil marítimo.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Se atribuye a nivel nacional la frecuencia 4125 kHz para el servicio auxiliar de ayuda del servicio móvil marítimo. La frecuencia portadora de 4125 kHz puede ser utilizada por estaciones de aeronave para comunicarse con estaciones del servicio móvil marítimo con fines de socorro y seguridad, incluyendo las operaciones de búsqueda y salvamento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2061 de 1996