Artículo único. Apruébase el Plan de Obras que proyecta realizar la Junta Autónoma Vial del Tolima en el año de 1959, acordado por dicha Junta en su sesión del 8 de enero de 1959, según Acta número 33, y sometido a la aprobación del Gobierno por el Gobernador de ese Departamento y Presidente de la Junta Autónoma Vial del mismo. Comuníquese y publíquese.
Decreto 187 de 1959 →Vigente
Artículo 1
Decreto 187 de 1959 · Por el cual se aprueba el Plan de Obras del Departamento del Tolima para 1959
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.