Micelio

Artículo 1

Decreto 77 de 1911 · Por el cual se reducen las asignaciones señaladas al personal que forma el Estado Mayor del Ejército

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. Redúcense los sueldos del personal que forma el Estado Mayor del Ejército, así: Oficiales Cuatro Jefes de Departamento, Coroneles, con $ 130 mensuales cada uno, y Siete Jefes de Sección (Tenientes Coroneles o Mayores), con $ 115 y $ 90 cada uno mensuales, según su grado. Personal técnico civil Un Geodesta, con $ 90 mensuales; Un Topógrafo primero con $ 70 mensuales; Un topógrafo segundo con $ 56 mensuales; Un Litógrafo con $ 70 mensuales Un Fotograbador con $ 70 mensuales; Un Cartógrafo con $ 56 mensuales; Un Jefe de trabajos de impresión, con $ 70 mensuales; Un transportador, con $ 56 mensuales, y Un Impresor con $ 48 mensuales Personal Civil Cinco Escribientes con $ 48 mensuales cada uno, y Un Portero con $ 28 mensuales

Parágrafo

Este Decreto surtirá sus efectos desde el día primero de los corrientes. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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