Artículo único. Redúcense los sueldos del personal que forma el Estado Mayor del Ejército, así: Oficiales Cuatro Jefes de Departamento, Coroneles, con $ 130 mensuales cada uno, y Siete Jefes de Sección (Tenientes Coroneles o Mayores), con $ 115 y $ 90 cada uno mensuales, según su grado. Personal técnico civil Un Geodesta, con $ 90 mensuales; Un Topógrafo primero con $ 70 mensuales; Un topógrafo segundo con $ 56 mensuales; Un Litógrafo con $ 70 mensuales Un Fotograbador con $ 70 mensuales; Un Cartógrafo con $ 56 mensuales; Un Jefe de trabajos de impresión, con $ 70 mensuales; Un transportador, con $ 56 mensuales, y Un Impresor con $ 48 mensuales Personal Civil Cinco Escribientes con $ 48 mensuales cada uno, y Un Portero con $ 28 mensuales
Este Decreto surtirá sus efectos desde el día primero de los corrientes. Comuníquese y publíquese.