º Quien solicite pasaporte diplomático para si o para los miembros de su familia con derecho al mismo, deberá acreditar
Copia del decreto o disposición legal de nombramiento cuando sea necesario;
Documento de identidad;
Registro civil de nacimiento de los hijos, registro civil de matrimonio u otro documento que compruebe según las normas pertinentes los vínculos naturales o jurídicos que constituyen la familia del solicitante;
Para varones mayores de diecisiete (17) años y menores de cincuenta (50), copia de la libreta militar.
Se exceptúan de lo anterior el Presidente de la República, Vicepresidentes, Expresidentes, Exvicepresidentes Exdesignados a la Presidencia y Exministros titulares de relaciones exteriores. CAPITULO II. PASAPORTES OFICIALES