De las actividades específicas del personal de saneamiento . Además de las actividades a que se refieren los artículos anteriores, el personal profesional y auxiliar de saneamiento del Programa Integrado de Sanidad Portuaria en los terminales portuarios, ejercerá las actividades siguientes
En relación con las personas
Revisar la declaración sanitaria y comprobar el estricto cumplimiento de los requisitos de acuerdo al Reglamento Sanitario Internacional para pasajeros, tripulantes y vehículos;
Verificar los lugares de desplazamiento indicados en los pasajes, tiquetes o pasaportes;
Revisar la vigencia de los certificados de vacunación de acuerdo con el país de origen o de desplazamiento;
Solicitar la intervención de un (1) médico en funciones de sanidad portuaria, cuando detecte algún factor que amerite comprobación técnica y aplicación de medidas de seguridad derivadas del control;
Aplicar los sistemas de registro y los formularios establecidos por los manuales de normas y procedimientos;
Entregar las instrucciones escritas suministradas por los médicos con destino a pasajeros y tripulantes que procedan o se desplacen a zonas endémicas a dengue, paludismo u otras entidades patológicas cuando se considere necesario;
Solicitar toma de muestras para análisis de laboratorio al personal encargado de la manipulación de los alimentos, de acuerdo a las normas que se establezcan;
Revisar certificados o documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos de salud de cada uno de los trabajadores del terminal y del personal de los establecimientos especiales, principalmente de los manipuladores de alimentos; e
Comprobar el uso por parte de los trabajadores, de indumentaria y equipos o elementos de protección personal adecuados, de acuerdo a la actividad desarrollada, tales como overoles, cascos, gorros, botas, guantes, mascarillas, protectores oculares, auditivos, nasales y complementarios.
En relación con el ambiente
Actualizar periódicamente el diagnóstico de la situación sanitaria en terminales portuarios;
Llevar a cabo las siguientes acciones higiénico-sanitárias: - Revisar mensualmente las condiciones locativas y de funcionamiento de las edificaciones, estructuras, instalaciones y servicios en los terminales portuarios; - Revisar periódicamente los sistemas para eliminación de excretas, aguas servidas, desechos sólidos y residuos de alimentos; - Elaborar y presentar informes mensuales sobre actividades, al Jefe de la unidad o coordinador seccional de sanidad portuaria o quien haga sus veces. Este consolidará las informaciones para a su vez remitirlas al Jefe del Servicio Seccional de Salud respectivo y a la División de Programas Sanitarios Especiales del Ministerio de Salud; - Revisar y comprobar periódicamente el uso y las condiciones de equipo contra incendio y elementos para atender situaciones de emergencia y la aplicación de medidas de seguridad y sobre salud ocupacional.
Ejecutar acciones de protección de alimentos tales como: - Revisar y estudiar documentos sanitarios que amparen la importación o la exportación de alimentos para consumo humano; - Inspección diaria del almacenamiento en bodegas y conservación de alimentos en tránsito y en destino a consumo humano. - Inspección en vehículos de todos los alimentos en tránsito, autorización de embarque o desembarque, toma de medidas de seguridad y preventivas, así como aplicación o trámites de sanciones en caso necesario; - Inspección diaria de transporte, conservación, preparación y expendio de alimentos destinados al consumo en terminales portuarios.
Tomar periódicamente muestras de agua para consumo humano y someterlas a análisis bacteriológico y fisicoquímico;
Controlar el transporte, almacenamiento y conservación de plaguicidas, otras mercancías peligrosas y productos biológicos;
Revisar certificados de desratización, exención de desratización, desinfección o desinsectación;
Efectuar o supervisar las operaciones para aplicación de desinfectantes, insecticidas o rodenticidas en terminales portuarios, vehículos y embalajes y equipajes, de conformidad con las disposiciones del reglamento internacional y las especiales que señale el Ministerio de Salud en coordinación con el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA);
Exigir al capitán de barco o al primer oficial, la colocación correcta de atajarratas en todos los cabos o amarras durante el tiempo de permanencia del vehículo en muelle u otra área portuaria;
Exigir la colocación de tapete sanitario al pie de la escalera del vehículo, al llegar éste al terminal portuario;
Expedir certificados o constancias sanitarias en concordancia con la legislación vigente;
Tramitar las demás documentaciones relacionadas con las funciones de sanidad portuaria;
Comprobar el cumplimiento de las disposiciones legales vigentes en cada uno de los aspectos indicados en el presente Decreto y ejecutar las acciones preventivas o correctivas necesarias tales como: - Informes comunicados o notificaciones nacionales; - Tomar las medidas preventivas y de seguridad a que haya lugar; - Solicitar la retención de vehículos o la aplicación de sanciones a infractores;
Requerir de la colaboración Intersectorial para la ejecución de las diferentes actividades;
Asumir las funciones de inspección y control en lo relacionado con la salud ocupacional en los terminales portuarios clasificados, que les señalen las normas establecidas al efecto;
Las demás que le sean asignadas por el Comité Seccional.