Micelio

Artículo 3

Para Los Empleados Cuyas Asignaciones Estén Comprendidas Entre Catorce Mil Cuatrocientos Y Diecisiete Mil Cuatrocientos Pesos Mensuales, Cuando Cumplieren Comisiones En El Exterior, Podrán Autorizarse Viáticos Diarios Hasta De Setenta Dólares Estadinenses

Decreto 1437 de 1975 · Por el cual se dictan normas sobre viáticos y pasajes para los empleados de los establecimientos públicos del orden nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Para los empleados cuyas asignaciones estén comprendidas entre catorce mil cuatrocientos y diecisiete mil cuatrocientos pesos mensuales, cuando cumplieren comisiones en el exterior, podrán autorizarse viáticos diarios hasta de setenta dólares estadinenses. Cuando se trate de comisiones dentro del territorio nacional, a estos empleados se les podrá asignar por viáticos una suma diaria hasta de quinientos pesos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1437 de 1975