Artículo único. Adscríbase al Distrito de Obras Públicas Nacionales, de la Carretera Panamericana, la construcción de la carretera Yuio-Qúibdó-Bahia Solano, frente de Babia Solano (Ciudad Mutis), Comuníquese y publíquese. Dado, en Bogotá a 24 de agosto de 1961. ALBERTO LLERAS . El Ministro de Obras Públicas, encargado del Despacho de Hacienda y Crédito Público, Misael Pastrana Borrcro.
Decreto 2041 de 1961 →Vigente
Artículo 1
Decreto 2041 de 1961 · Por medio del cual se adscriben unas funciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.